Administración Municipal

CERVATOS DE LA CUEZA

E D I C T O

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Cervatos de la Cueza (Palencia), sobre la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Que en sesión extraordinaria del Pleno de la Corporación, por unanimidad de los miembros se acordó:

MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO DE CONSTRUCCIONES,  INSTALACIONES Y OBRAS (ICIO):

Se modifica la Ordenanza fiscal de este municipio reguladora del Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras para dar cobertura a aquellos actos del uso del suelo sometidos a declaración, por tanto se hace necesario incluir este régimen al artículo 1.1, con la redacción que a continuación se recoge:

– Constituye el hecho imponible de este Impuesto la realización, de cualquier construcción dentro del término municipal, instalación u obra sometida al régimen de declaración responsable, o para la que se exija obtención de la correspondiente licencia de obras o urbanística, se haya obtenido o no dicha licencia, siempre que su expedición corresponda a este Ayuntamiento.

Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 deI Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA.

 

Cervatos de la Cueza, 23 de noviembre de 2015.-

La Alcaldesa, lnmaculada Malanda Fernández.

 

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