El Ayuntamiento de Cervatos de la Cueza ruega a todos los vecinos que sigan las instrucciones de la autoridades en todo momento, que sólo salgan de sus viviendas en los supuestos establecidos en el Real Decreto, a fin de evitar la propagación del #COVID19.

Seamos Responsable!!!  JuntosLoConseguiremos!!!

 

EDICTO

El injustificado optimismo, acompañado de un relajamiento desmedido en las medidas de contención de la actual pandemia SARS-COV-2, que provoco la salida del estado de alarma tras el 21 de junio, ha supuesto la llegada de una segunda oleada en todo el territorio nacional con un aumento significativo en el número de contagios. Fiel reflejo de esta situación es el elevado número de casos que enfrenta el municipio de Cervatos de la Cueza.

Como consecuencia de esta situación crítica para la salud pública, y siguiendo la estela de otros municipios de España que han o están atravesando situaciones similares y las recomendaciones de las Autoridades Sanitarias, es preciso apelar a la colaboración de los vecinos para tratar de frenar la expansión del virus.

Para conseguir este objetivo desde el Ayuntamiento de Cervatos de la Cueza se ruega a los vecinos que limiten la salida de sus domicilios a todas aquellas actividades que consideramos esenciales, cuales son:

  • Acudir al consultorio médico y/o farmacia.
  • Acudir a los puntos de venta ambulante de suministradores de alimentos.
  • Desempeñar labores agrícolas o relacionadas con otras profesiones.

Los centros de ocio (bares) cumplirán exhaustivamente las directrices higiénico-sanitarias ya sea en el interior del establecimiento como en las zonas ubicadas en el exterior del mismo.

Queremos recordar a los vecinos que la forma más efectiva de controlar este brote de contagios es la de limitar al máximo los contactos personales, respetar la distancia mínima de 2 metros, Lavarnos las manos con frecuencia con agua y jabón o usar un desinfectante que contenga alcohol si estamos fuera, evitar tocarnos la cara: Las manos tocan muchas superficies que pueden estar contaminadas, si nos tocamos los ojos, la nariz o la boca podemos contagiarnos o pasar el virus, así como respetar al máximo la obligatoriedad de uso de mascarillas.

En estos momentos más que nunca debe aflorar la solidaridad y ponernos en el lugar de las otras personas. Los colectivos más vulnerables son los más afectados.

Cervatos de la Cueza a 30 de octubre de 2020

La Alcaldesa: María Inmaculada Malanda Fernández

 

QUÉDATE EN CASA y aprovecha para descubrir mil cosas bellas que tienes ahí, tan cerca. Quédate en casa y quédate con todo lo que tengas y no hayas perdido, porque en esta batalla muchos perderemos lo que no volverá nunca…  

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PLAN TRANSICIÓN GUÍA FASE 2

En el BOE de hoy sábado 6 de junio se ha publicado la Orden SND/507/2020 que, entre otras cuestiones, en su Artículo Tercero, modifica la Orden SND/414/2020, de 16 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 2 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad. Estas modificaciones, que afectan a la provincia de Palencia, entran en vigor a las 00:00 horas del día 8 de junio.

Plan_Transicion_Guia_Fase2

 

PLAN TRANSICIÓN GUÍA FASE 1 

 

Plan_Transicion_Guia_Fase_1

 

 

BANDO

En el BOE de hoy, 22 de mayo, se publica una nueva flexibilización de las normas en los pequeños municipios que entra en vigor hoy y afecta a varias actividades, entre ellas:

▶️ Apertura de los mercadillos al aire libre

▶️ Se podrá pasear hasta una distancia máxima de 5 Km

▶️ Se reanudara la atención de los servicios sociales

▶️ Las iglesias y otros lugares de culto podrán abrir con un 50% de su aforo.

▶️ Se permite la asistencia de 15 personas a entierros y velatorios en lugares abiertos y 10 personas en lugares cerrados

▶️ Los bares podrán abrir con un aforo en el interior del 40% y en las terrazas del 50%

Todo ello bajo las normas sanitarias de prevención.

La provincia de Palencia ha pasado a Fase 1, con lo cual a partir del día 25 estarán permitidos los desplazamientos dentro de la provincia.

Desde el Ayuntamiento queremos hacer un llamamiento a la responsabilidad. La confianza y la relajación que se puede producir en la desescalada pueden ocasionar que todo lo conseguido entre todos con la prudencia que hasta aquí hemos tenido no haya servido para nada.
El virus sigue entre nosotros, y no podemos bajar la guardia, por lo cual se recomienda encarecidamente:

➡️ LAVADO DE MANOS

➡️ USO DE MASCARILLA

➡️ GUARDAR LA DISTANCIA DE SEGURIDAD ACONSEJADA DE DOS METROS

Las imprudencias pueden poner en peligro a los demás y a nosotros mismos. Respeta las normas.

Cervatos de la Cueza 22 de mayo de 2020
La Alcaldesa
Inmaculada Malanda Fernández.

 

la Orden SND/427/2020, de 21 de mayo por la que se flexibilizan ciertas restricciones derivadas de la emergencia sanitaria provocada por el COVID-19 a pequeños municipios y a entes locales de ámbito territorial inferior.

Orden SND_427_2020_de 21 de mayo

 

Orden SND/422/2020, de 19 de mayo, por la que se regulan las condiciones para el uso obligatorio de mascarilla durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Como consecuencia de la acelerada evolución de la situación de emergencia de salud pública ocasionada por el COVID-19, a escala nacional e internacional, el Gobierno, al amparo de lo dispuesto en el artículo cuatro, apartados b) y d), de la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los estados de alarma, excepción y sitio, declaró, mediante el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, el estado de alarma en todo el territorio nacional con el
fin de afrontar la crisis sanitaria, el cual ha sido prorrogado en cuatro ocasiones, la última con ocasión del Real Decreto 514/2020, de 8 de mayo, hasta las 00:00 horas del día 24 de mayo de 2020, en los términos expresados en dicha norma.

El artículo 4.2.d) del citado Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, determina que, para el ejercicio de las funciones previstas en el mismo y bajo la superior dirección del Presidente del Gobierno, el Ministro de Sanidad tendrá la condición de autoridad competente delegada, tanto en su propia área de responsabilidad como en las demás áreas que no recaigan en el ámbito específico de competencias de los demás Ministros designados como autoridad competente delegada a los efectos de este real decreto.

En concreto, de acuerdo con lo establecido en el artículo 4.3 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, el Ministro de Sanidad queda habilitado para dictar las órdenes, resoluciones, disposiciones e instrucciones interpretativas que, dentro de su ámbito de actuación como autoridad delegada, sean necesarias para garantizar la prestación de todos los servicios, ordinarios o extraordinarios, en orden a la protección de personas, bienes y lugares, mediante la adopción de cualquiera de las medidas previstas en el artículo once de la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio.
Asimismo, el artículo 8 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, establece que las autoridades delegadas competentes podrán imponer la realización de prestaciones personales obligatorias imprescindibles para la consecución de los fines del citado real decreto.

La Comunicación «Hoja de ruta común europea para el levantamiento de las medidas de contención de la COVID-19», presentada el pasado 15 de abril por la presidenta de la Comisión Europea y el presidente del Consejo Europeo, ha considerado esenciales las medidas extraordinarias adoptadas por los Estados miembros. Se afirma que dichas medidas, basadas en la información actual disponible en relación con las características de la enfermedad y su forma de transmisión, y adoptadas siguiendo un criterio de precaución, han permitido reducir la morbilidad y mortalidad asociada a la COVID-19, al tiempo que han permitido reforzar los sistemas sanitarios y asegurar los aprovisionamientos necesarios para hacer frente a la pandemia.

Por su parte, la Organización Mundial de la Salud, con fecha 16 de abril de 2020, definió los principios a tener en cuenta a la hora de plantear el levantamiento de las medidas de desconfinamiento. Entre los citados principios, merece especial atención la necesidad de minimizar los riesgos en lugares con alto potencial de contagio como lugares cerrados y lugares públicos donde se produce una gran concentración de personas; y que se asegure el compromiso del conjunto de la población en la aplicación de las medidas adoptadas a fin de continuar protegiendo los derechos a la vida, a la
integridad física y a la salud de las personas.

Así, mediante la presente orden se dispone, con carácter general, el uso obligatorio de mascarillas en personas de seis años en adelante en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, siempre que no sea posible mantener una distancia de seguridad interpersonal de al menos dos metros, siendo recomendable su uso para la población infantil de entre tres y cinco años.
Se excepcionan de esta obligación a aquellas personas que presenten algún tipo de dificultad respiratoria que pueda verse agravada por la utilización de la mascarilla y a aquellas cuyo uso se encuentre contraindicado por motivos de salud o discapacidad.
Asimismo, su uso no será exigible en el desarrollo de actividades que resulten incompatibles, tales como la ingesta de alimentos y bebidas, así como en circunstancias en las que exista una causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
Lo previsto en esta orden debe entenderse sin perjuicio de la necesidad de seguir cumpliendo con las recomendaciones de las autoridades sanitarias relativas al mantenimiento de la distancia interpersonal, la higiene de manos y resto de medidas de prevención.
En su virtud, con arreglo a las facultades previstas en el artículo 4.3 del Real
Decreto 463/2020, de 14 de marzo, dispongo:

Artículo 1. Objeto.
La presente orden tiene por objeto regular el uso obligatorio de mascarilla por parte de la población. A los efectos de lo dispuesto en la presente orden, se entenderá cumplida la obligación a que se refiere el apartado anterior mediante el uso de cualquier tipo de mascarilla, preferentemente higiénicas y quirúrgicas, que cubra nariz y boca. Se observarán, en todo caso, las indicaciones de las autoridades sanitarias acerca de su uso.

Artículo 2. Sujetos obligados.
1. Quedan obligados al uso de mascarillas en los espacios señalados en el artículo 3 las personas de seis años en adelante.
2. La obligación contenida en el párrafo anterior no será exigible en los siguientes supuestos:

a) Personas que presenten algún tipo de dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de mascarilla.
b) Personas en las que el uso de mascarilla resulte contraindicado por motivos de salud debidamente justificados, o que por su situación de discapacidad o dependencia presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.
c) Desarrollo de actividades en las que, por la propia naturaleza de estas, resulte incompatible el uso de la mascarilla.
d) Causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

Artículo 3. Espacios en los que resulta obligatorio el uso de mascarilla.
El uso de mascarilla será obligatorio en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, siempre que no sea posible mantener una distancia de seguridad interpersonal de al menos dos metros.

Disposición final primera. Régimen de recursos.
Contra la presente orden, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, de conformidad con lo dispuesto en el

artículo 12 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Disposición final segunda. Efectos y vigencia.
La presente orden surtirá plenos efectos desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y mantendrá su eficacia durante toda la vigencia del estado de alarma y sus posibles prórrogas.

 

BANDO

 

El Ayuntamiento de Cervatos de la cueza ha comprado mascarillas para todas las vecinas y vecinos.

Estas mascarillas serán repartidas casa por casa por el Teniente Alcalde y yo misma, se dará instrucciones de uso y recordatorio de buenas practicas.

No es necesario que nadie se mueva de su casa.

Especialmente ahora no debemos bajar la guardia y seguir adoptando todas las medidas de seguridad posibles.

#JuntosLoConseguiremos

La Alcaldesa:

Inmaculada Malanda Fernández.

Compradas en https://discobolosport.com/

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PROTOCOLO Y GUÍA DE BUENAS PRÁCTICAS DIRIGIDAS A LA ACTIVIDAD COMERCIAL EN ESTABLECIMIENTO FÍSICO Y NO SEDENTARIO

 

El protocolo que se adjunta se concibe como un marco general, consensuado y acordado con el sector y los principales sindicatos, en el que se han tenido en cuenta las recomendaciones elaboradas por el Ministerio de Sanidad.

En el momento de consulta de la presente Guía, deberá tenerse en cuenta las condiciones específicas establecidas en las órdenes ministeriales que regularan cada una de las fases de desescalada en que se encuentre en ese momento, con el objeto de adaptar las indicaciones del Protocolo teniendo en cuenta aquellas medidas que fueran propias de cada una de las fases como, por ejemplo, el aforo permitido en un establecimiento comercial.

El Protocolo adjunto está destinado tanto a los establecimientos comerciales como al comercio no sedentario, incluido en la última sección. La FEMP ha colaborado y prestado especial atención a esta parte, pues la venta ambulante y los mercadillos son de vital importancia para nuestros alcaldes, se trata de una competencia propia, y son los ayuntamientos los que deben proceder a su reapertura.

En este sentido, recordar que actualmente la mayor parte del territorio se encuentra en la Fase 0 de desescalada (a excepción de las islas de Formentera, la Gomera, el Hierro y la Graciosa, en Fase I). Y los mercadillos no abrirán hasta la fase I, previsiblemente a partir del 11 de mayo, y también previsiblemente con las limitaciones establecidas en la redacción actual del Plan (limitación en el número de puestos -se permite un 25% de los puestos-; condiciones de distanciamiento entre los mismos; y delimitación del perímetro del mercado ambulante para correcto control del aforo por las fuerzas de seguridad).

En este sentido, tal y cómo se menciona en la Guía, os proponemos estudiar una serie de medidas de cara a mitigar esta previsible limitación en el número de puestos, garantizando siempre el mantenimiento de la distancia de seguridad y el aforo permitido:

  • Aumentar la superficie del mercadillo y/o los días de apertura semanales.
  • Habilitar entornos cerrados o delimitados, donde puedan adoptar medidas de control para dosificar el aforo. En este sentido, se recomienda valorar el traslado de su ubicación a instalaciones deportivas, recintos feriales o de otro tipo.
  • Ante la limitación en el número de puestos, se recomienda priorizar los de alimentación.

Por último, decir que este protocolo se configura como una referencia que contiene un compendio de medidas de seguridad y sirve de guía de buenas prácticas. Su eficacia dependerá de la concienciación y responsabilidad del sector comercial y todos los actores implicados. Entre todos podremos hacer frente a la pandemia del coronavirus con eficacia, evitando un efecto negativo en la economía, el empleo y la salud de nuestro país.

49-Protocolo_y_Guia_de_buenas_practicas_para_establecimientos_de_comercio.pdf

Carlos Daniel Casares Díaz
Secretario General de la FEMP

 

123 PREGUNTAS SOBRE EL CORONAVIRUS

 

Marián García, más conocida como Boticaria García (@boticariagarcia), y la periodista Arantxa Castaño (@CastanoArantxa) han sumado fuerzas y han editado una guía dando respuesta a un total de 123 preguntas frecuentes sobre el COVID-19, en un libro en formato de libre descarga para todo aquel que quiera hacerse con él. Su título es 123 preguntas sobre coronavirus.

Publicado bajo licencia Creative Commons para facilitar su distribución y descarga, incluye información facilitada por más de 40 profesionales sanitarios, científicos y otros especialistas y las colaboraciones de Andrés Aberasturi (@AndresAberas) –encargado del prólogo–, el escritor Manuel Vilas (@Granvilas) o la cantante Chenoa (@Chenoa).

Se recopilan en el texto todo lo publicado en distintos soportes desde el pasado 22 de enero hasta la fecha actual agrupado en cuatro bloques. El primero responde a cuestiones directamente relacionadas con el coronavirus y su familia, el origen del SARS-CoV-2, la permanencia en superficies o en el aire, las maneras de transmisión, los síntomas de la enfermedad, los asintomáticos, la carga viral, la letalidad, el contagio, las pruebas diagnósticas, el tratamiento o la posible vacuna.

En el segundo bloque abordan la prevención y limpieza y ofrecen las claves sobre el uso de mascarillas y guantes, las técnicas y los productos para la limpieza y desinfección del hogar o el tratamiento de la ropa y el calzado, entre otros.

En un tercer bloque las autoras refieren situaciones concretas vinculadas a la oftalmología, la odontología, el asma y las alergias, el embarazo y la lactancia, la pediatría, la dermatología, la ginecología, el estrés y la falta de sueño, la gestión del duelo, el deporte o la farmacología.

Con diseño y maquetación a cargo de María Dolores Alfaro Cuevas, el libro incluye un capítulo dedicado a la alimentación durante el confinamiento, respondiendo a preguntas sobre la posibilidad contagio a través de la comida, las precauciones en el supermercado, el tratamiento de la compra una vez en casa, la limpieza y desinfección de alimentos, la prolongación de la vida útil de frutas y verduras o la vitamina D.

También dedican un apartado a desmentir de algunos de los bulos más populares salud y la alimentación y ofrecen una lista de fuentes oficiales para informarse sobre el coronavirus, además de un compendio de enlaces para ampliar la información.

El libro incluye un consejo y una playlist de la cantante Chenoa, así como un prólogo a cargo del escritor y periodista Andrés Aberasturi y un epílogo de Manuel Vilas, finalista del Premio Planeta 2019.

Se puede descargar en AQUÍ

 

FRANJAS HORARIAS DE SALIDAS A LA CALLE

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DESPLAZAMIENTOS A HUERTOS

 

Artículo 1. Desplazamiento a huertos.

1. La presente orden tiene por objeto la regulación del desplazamiento para el cuidado y recolección de los huertos cuando no se trate de actividades de naturaleza laboral, profesional o empresarial, actividades estas últimas ya permitidas conforme lo previsto en el artículo 7.1.c) del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

El desplazamiento para el cuidado y recolección de los huertos queda autorizado, siempre que se hallen en el mismo término municipal al del domicilio, o en uno adyacente al mismo, conforme lo previsto en el artículo 7.1.a) del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo.

2. No obstante lo señalado en el segundo párrafo del apartado anterior, el requisito de proximidad podrá exceptuarse en situación de necesidad, a los efectos previstos en el artículo 7.1.g) del referido Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, considerándose por tal:

a) El cuidado y alimentación de animales.

b) El cuidado o recolección de huertos de autoconsumo, en aquellos casos en los que, en atención a la situación socioeconómica del interesado, el consumo del producto de los mismos resulte imprescindible para atender a su subsistencia, lo que se podrá acreditar por el titular por cualquiera de los medios admitidos en Derecho.

Artículo 2. Condiciones sanitarias.

1. En todo caso, todos los desplazamientos contemplados en esta orden se realizarán con observancia de las normas dictadas por las autoridades competentes para garantizar la protección de la salud y la seguridad de los ciudadanos.

2. Dichos desplazamientos han de ser los mínimos posibles para la realización de las tareas indispensables y el acopio de lo necesario, salvo causa debidamente justificada.

Artículo 3. Desplazamientos individuales.

El desarrollo de los trabajos a los que se refiere esta orden se realizará de forma individual, salvo que se acompañe a personas con discapacidad, menores, mayores, o por otra causa justificada, y por el tiempo indispensable.

Disposición final primera. Régimen de recursos.

Contra la presente orden, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, de conformidad con lo dispuesto en el

artículo 12 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Disposición final segunda. Entrada en vigor y vigencia.

Esta orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y será de aplicación durante la vigencia del estado de alarma y sus sucesivas
prórrogas.

Madrid, 30 de abril de 2020.–El Ministro de Sanidad, Salvador Illa Roca.

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

Núm. 121 Viernes 1 de mayo de 2020 Sec.

 

DESPLAZAMIENTOS POR PARTE DE LA POBLACIÓN INFANTIL

 

BOE de hoy en el que se publica la Orden SND/370/2020, de 25 de abril, sobre las condiciones en las que deben desarrollarse los desplazamientos por parte de la población infantil durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19

2020-04-25 BOE Orden condiciones desplazamientos población infantil

#JuntosLoConseguiremos

 

LOS CONTENEDORES DE BASURA: MEJOR CERRADOS

 
Ante las informaciones que están llegando a este Consorcio Provincial de Residuos, sobre la los contenedores de basura durante el COVID-19, que se disponen en la calle abiertos para evitar el contacto.
SE INFORMA
Que si bien es cierto que se evita el contacto en la apertura manual del contenedor a la hora de depositar nuestra bolsa de  basura, se comete un riesgo mayor, al favorecer con ello (no sólo la entrada de agua de lluvia), sino también la entrada de animales que dispersan los residuos del contenedor y con ello, favorecen la propagación del COVID, en caso de residuos de hogares contagiados.
Por ello se recomienda mantener los contenedores de basura cerrados, como siempre, y que los vecinos adopten las medidas de prevención necesarias en su apertura (guantes desechables, lavado de manos,..), a la hora de depositar la bolsa de basura en su interior.

 

 

BANDO

 

Estimadas vecinas y vecinos:

Como ya os podéis imaginar, consideramos que es lo coherente y que existen motivos de peso y muy justificados, la Semana Cultural 2020 que se iba a celebrar del día 11 al 17 de mayo queda suspendida.

Esta decisión viene motivada por el estado de alarma decretado para hacer frente a la expansión de la pandemia del COVID-19 y la dramática evolución del virus, que ha obligado a la toma de medidas contundentes en toda España.

Lo verdaderamente importante es la salud, la seguridad de todos y la pronta recuperación de los ya afectados.

Tiempo y ganas hay para celebrar muchas más Semanas Culturales.

Ánimo, cada vez queda menos. Juntos lo Conseguiremos

 La Alcaldesa:

Inmaculada Malanda Fernández

 

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El objetivo de este servicio es ayudar a todas las personas mayores a estar conectadas y evitar su aislamiento en esta situación actual de crisis, y que puedan pasar su tiempo en casa de la mejor manera posible, pudiendo estar en contacto y comunicarse con sus familiares y amigos, y disfrutando del ocio y entretenimiento que proporciona Internet y las nuevas tecnologías. La finalidad también es evitar que las personas mayores salgan de casa para buscar ayuda con estos temas o reciban visitas innecesarias.

Los destinatarios son las personas de Castilla y León mayores de 60 años, y podrán consultar problemas relacionados con el uso de sus dispositivos móviles (smartphone o tablet) en cuestiones como la configuración del acceso a Internet, el uso de aplicaciones móviles, como el Whatsapp, para comunicarse y compartir fotos o vídeos, configurar el correo electrónico en el móvil, etc.

El ciudadano podrá solicitar el servicio de asesoramiento de forma telefónica a través del teléfono gratuito 900 921 898, en horario 9:00-17:30 de lunes a viernes y de 9:00-14:00 sábados, domingos y festivos, o a través del formulario de la página web www.cyldigital.es/yomequedoencasa. Un asesor tecnológico del programa CyL Digital le devolverá la llamada para resolver su problema de forma telefónica.

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#QuedateEnCasa #NoEstaisSolos #EntreTodosLoConseguiremos

En Cervatos de la Cueza, a 8 de abril de 2020

La Alcaldesa: Inmaculada Malanda Fernández

 

 

BANDO

Queridas vecinas y vecinos:

      La aprobación del Real Decreto-ley del 29 de marzo prohíbe a partir del día 31 de marzo, acudir al puesto de trabajo, salvo en caso de trabajar en una empresa declarada de servicios esenciales. Teniendo en cuenta que la Semana Santa está muy cerca, y pudiendo haber gente con la intención de venir a pasar estos días de vacaciones a su segunda vivienda en alguno de los pueblos del Ayuntamiento de Cervatos de la Cueza y dadas estas circunstancias, se pone en conocimiento de todos que, según el apartado “d” del artículo 7 del Real Decreto 463/2020 del 14 de marzo, “Solo se puede retornar al lugar de residencia habitual”, estableciendo graves sanciones para las personas que incumplan. Esta circunstancia será vigilada por agentes de la Guardia Civil.

      Si en algún momento se tuviera constancia de que alguna de estas viviendas esté ocupada, se dará cuenta al 062, y si sus ocupantes no tuviesen ningún documento que acredite lo establecido en el artículo 7 de la Orden anteriormente citada,  pueden ser gravemente sancionados según lo establecido en la Ley de Salud Pública y la Ley de Protección Civil.

      Para el Ayuntamiento de Cervatos de la Cueza  y para los que ejercemos esta potestad, es muy duro tener que tomar esta determinación, pero por el bien sobre todo de nuestros mayores, personas de riesgo y todos los vecinos en general nos vemos obligados a usar esta medida.

      Apreciamos mucho, y en todo momento tenemos en nuestro pensamiento, a todas y todos los que nos visitan a menudo, pero este es un momento complicado y os pedimos este sacrificio. Estoy segura que cuando esto se acabe habrá muchas ocasiones para venir a disfrutar de la compañía de vuestros familiares y la nuestra.

      Una vez más os reitero mi agradecimiento por el comportamiento ejemplar que todos los vecinos estáis teniendo en estos duros momentos, para cualquier cosa que necesitéis no dudéis en llamarme por teléfono, no estáis solos!!!

Recordad “Entre todos lo Conseguiremos”

Rogamos que este aviso se lo hagáis llegar a familiares, amigos y vecinos.

En Cervatos de la Cueza, a 4 de abril de 2020

La Alcaldesa: Inmaculada Malanda Fernández

 

DECRETO DE ALCALDÍA

 

          POR PARTE DEL AYUNTAMIENTO DE CERVATOS DE LA CUEZA SE COMUNICA QUE DESDE EL DÍA DE HOY Y HASTA QUE FINALICE EL ESTADO DE ALARMA LAS BANDERAS DEL EDIFICIO MUNICIPAL SERÁN IZADAS A MEDIA ASTA EN SEÑAL DE LUTO OFICIAL Como muestra de dolor, respeto y solidaridad a los fallecidos del COVID-19  y sus familiares y como muestra de gratitud a TODAS LAS VECINAS Y VECINOS en general por su ejemplar comportamiento.

Así mismo como muestra de apoyo, gratitud y homenaje al personal sanitario y en general a todos los que CONTINÚAN prestando sus servicios en esta SITUACIÓN excepcional.

En Cervatos de la Cueza, a 28 de marzo de 2020

La Alcaldesa; Inmaculada Malanda Fernández

 

MANEJO DE RESIDUOS EN CASA CUANDO HAY UN CONTAGIADO DE COVID-19

Toda la información en: https://ecoembesdudasreciclaje.es/mascarillas-para-el-coronavirus/

La imagen puede contener: texto

USO RESPONSABLE DEL CONTENEDOR AMARILLO: CUIDADO

En la recogida de los contenedores amarillos, se está detectando que en el interior de los mismos aparecen bolsas con guantes y mascarillas.

Estos residuos NO SON ENVASES, y además SON PELIGROSOS porque la llegada al CTR supone ya su manipulación manual por parte de los trabajadores de la planta, que siguen en su trabajo diario para mantener un servicio esencial para todos los ciudadanos.

Rogamos que hagan un uso adecuado y RESPONSABLE, del contenedor amarillo.

LOS GUANTES Y MASCARILLAS DEBEN IR (EN BOLSAS CERRADAS) AL CONTENEDOR DE BASURA DE TODA LA VIDA (EL VERDE).

Dentro del contenedor amarillo, debemos depositar: botellas y envases de plástico, envases metálicos y briks como:

Botellas de plástico
Latas
Tapas y tapones de plástico, metal y chapas
Bandejas de aluminio
Papel film y papel de aluminio
Aerosoles
Botes de desodorante
Bolsas de plástico (excepto las bolsas de basura)
Tarrinas y tapas de yogurt
Briks: de leche, zumos, sopas, etc.
Bandejas de corcho blanco
Tubos de pasta de dientes

(Consorcio Provincial de Residuos de Palencia)

 

CULTURA PARA UNA CUARENTENA

 

La FEMP ha elaborado un recopilatorio de fuentes de recursos culturales on-line, destinado a dar a conocer a los Gobiernos Locales el extenso abanico de recursos culturales con el que hacer más llevaderos los días de confinamiento decretados a consecuencia de la crisis del COVID-19.
 
Este recopilatorio, a cuya presentación se puede acceder con un click en el enlace, conduce a fuentes de recursos para leer, ver y experimentar. La oferta es literaria, teatral, musical, cinematográfica, televisiva, museística… opciones diversas para preferencias diversas.

 

PLAN DE CONTINGENCIA CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO ANTE LA CRISIS COVID 19

– Se declara servicio esencial el sistema de asistencia integral a las víctimas de violencia de género garantizando el normal funcionamiento de los dispositivos de información 24h, la respuesta de emergencia y acogida a las víctimas en situación de riesgo, el normal funcionamiento de los centros de emergencia, acogida, pisos tutelados, y alojamientos seguros para víctimas; y la asistencia psicológica, jurídica y social a las víctimas de manera no presencial (telefónica o por otros canales).

El Ministerio de igualdad, ha puesto en marcha un Plan de Contingencia contra la Violencia de Género ante la crisis del COVID19, que fue aprobado en Consejo de Ministros el pasado 17 de marzo. El Plan contiene las siguientes medidas:

– Además, se ha realizado una campaña institucional para la prevención de la violencia machista bajo el lema «Estamos contigo, la violencia de género la paramos unidas». Es una campaña que llama a la solidaridad de tal forma que el tejido social pueda comprometerse en la ayuda a las víctimas e incluso hacer funciones de intermediación.

– También se ha editado una Guía para mujeres víctimas de violencia de género durante el confinamiento por COVID19 .

Con ella se pretende, informar a las víctimas de los servicios disponibles y ampliados en el contexto de la crisis del COVID19.

Descargar Guía;

 

CONTRA EL MALTRATO AHORA Y SIEMPRE TOLERANCIA CERO!!!

 

Circular 20/2020, sobre Plan de contingencia contra la violencia de género durante la crisis del COVID19

Tras la aprobación del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, que ha supuesto el confinamiento domiciliario de la sociedad española, el Ministerio de Igualdad ha impulsado un Plan de Contingencia contra la violencia de género ante la crisis del COVID-19.

Este plan de contingencia incluye declarar como esenciales todos los servicios de asistencia integral a las víctimas de violencia de género, lo que comporta que los operadores de los servicios esenciales han de garantizar el normal funcionamiento de los dispositivos de información 24h; la respuesta de emergencia y acogida a las víctimas en situación de riesgo, incluidas las mujeres que precisan abandonar el domicilio para garantizar su protección; el normal funcionamiento de los centros de emergencia, acogida, pisos tutelados, y alojamientos seguros para las víctimas.

Los estados de confinamiento domiciliario pueden incrementar las situaciones de violencia de género, domésticas y sexuales. Por ello es necesario adoptar medidas para prevenir, controlar y minimizar las posibles consecuencias negativas devenidas de las medidas de confinamiento en las vidas de muchas de estas víctimas.

Entre las medidas impulsadas dentro de este plan está el lanzamiento de una campaña institucional, cuyos objetivos fundamentales son la concienciación contra la violencia de género, la alerta ante situaciones de violencia dentro de los hogares y la concienciación por el buen trato durante el período de confinamiento.

El material de la campaña está disponible en:

http://www.violenciagenero.igualdad.gob.es/sensibilizacionConcienciacion/campannas/violenciaGobierno/todoSaldraBien/home.htm

 

Autorización de varios viajeros en vehículos particulares para desplazamientos autorizados durante el estado de alarma

 

EL BOE PUBLICA LA MODIFICACIÓN NORMATIVA QUE PERMITE EL DESPLAZAMIENTO DE VARIAS PERSONAS EN VEHÍCULOS PARTICULARES (UNA POR FILA DE ASIENTOS), EN LOS CASOS AUTORIZADOS DURANTE EL ESTADO DE ALARMA.

El BOE de 25 de marzo de 2020 publica la Orden TMA/278/2020, que modifica la Orden TMA/254/2020, de 18 de marzo, por la que se dictan instrucciones en materia de transporte por carretera y aéreo.

Con la nueva redacción dada al artículo 3.4 de la Orden de 18 de marzo, se autoriza que en un mismo vehículo particular pueda viajar más de una persona. En concreto, para los vehículos privados de hasta nueve plazas, puede viajar una persona en cada fila de asientos (en un turismo normal de 5 plazas, podrían viajar dos pasajeros, uno delante y otro detrás).

Artículo 3.4 de la Orden TMA/278/2020, de 18 de marzo, con la nueva redacción:

“4. El transporte público, privado complementario y particular de personas en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, llevado a cabo en el marco de los supuestos de desplazamiento autorizados en el artículo 7 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, en los que deba viajar más de una persona en el vehículo, respetará que vaya como máximo una persona por cada fila de asientos, manteniéndose la mayor distancia posible entre los ocupantes”.

Es importante recalcar que cualquier desplazamiento sólo debe efectuarse, como hasta ahora, en los supuestos autorizados durante el estado de alarma, recogidos en el artículo 7 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo.

Enlace de acceso al texto consolidado de la Orden TMA/278/2020, de 18 de marzo: https://www.boe.es/buscar/pdf/2020/BOE-A-2020-3863-consolidado.pdf

Enlace de acceso al Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo: https://www.boe.es/buscar/pdf/2020/BOE-A-2020-3692-consolidado.pdf

 

COMUNICADO

 

Desde la Dirección General de Derecho de los Animales, de la Vicepresidencia Segunda del Gobierno, se alerta sobre el desplazamiento de personas para la alimentación de colonias felinas, rescate y cuidado veterinario, durante el estado de alarma.

 

La imagen puede contener: texto

 

 

SERVICIOS SOCIALES

Atendiendo a lo dispuesto en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, por sendos Decretos de la Presidencia de la Diputación de 13 y 15 de marzo de 2020, se adoptaron una serie de medidas de prevención ante el riesgo de infección del coronavirus COVID-19, a fin de proteger la salud y seguridad de los ciudadanos, contener la progresión de la enfermedad y garantizar el funcionamiento de los servicios provinciales.

Así mismo, conforme al Plan de Contingencia de la Red de protección e inclusión a personas y familias en situación de mayor vulnerabilidad social o económica en Castilla y León frente a la pandemia de coronavirus, se adoptó la medida de suspender los servicios de información y orientación presenciales en los Centros de Acción Social.

Como consecuencia de ello, y en aras a garantizar la cobertura de las necesidades básicas de atención social más urgentes de los ciudadanos como Ayuda a domicilio, la atención a menores o violencia de género, así como el cumplimiento de las medidas de confinamiento reduciendo los desplazamientos de la población se va a poner en marcha con fecha 26/3/2020, un sistema de CITA PREVIA a través del número

900 909 006, que prestará servicio de lunes a viernes laborables de 9:00 a 14:00 horas.

Una vez recibida la demanda de cita previa, desde el Centro de Acción Social que corresponda, se pondrá en contacto con el comunicante para acordar las posibles intervenciones, en un plazo no superior a 24 horas.

La cita previa garantizará la atención a las personas que lo demanden, bien presencialmente en la sede del CEAS, bien en domicilio si fuera necesario para los casos más urgentes y/o la atención telefónica, en casos con menor grado de urgencia o que puedan ser resueltos una vez finalizado el estado de alerta.

La imagen puede contener: texto que dice "DE PALENCIA Servicios SERVICIOS SOCIALES DIPUTACION DE PALENCIA Medidas Covid 19 TELÉFONO CITA PREVIA 900 909 006 HORARIO Y DÍAS DE ATENCIÓN TELEFÓNICA Lunes a viernes laborables: de 9:00 a 14:00 horas Se dará prioridad a la citación de casos urgentes"

 

 

AVISO IMPORTANTE!!!

 

Las bolsas de basura deben depositarse con guantes u otra protección, desechando tal protección una vez depositada la bolsa, para no tener contacto directo con la tapa del contenedor, con el fin de protegernos y evitar contagios.

De poco sirve desinfectar, si cada uno de nosotros no ponemos los medios necesarios a nuestro alcance para evitar que esta PANDEMIA siga avanzando.

Gracias, buen día para todos.

Entre todos lo conseguiremos!!!

 

BANDO

 

Desde el Ayuntamiento se ha solicitado a la Diputación de Palencia una de sus cuadrillas para desinfectar las calles de Cervatos, Quintanilla y Calzadilla de la Cueza; No obstante esta tarde hemos estado el Teniente Alcalde y yo misma, bombona en mano, desinfectando con la dilución recomendada de lejía y agua, las zonas de tránsito y comunes de los tres pueblos, bancos, fuentes, entrada de centros médicos, farmacia, ayuntamiento, paradas de autobús, albergues, parques, así como contenedores de todo tipo de residuos, tablónes públicos y buzones.

Animo y gracias a todos los voluntarios/as que de una forma u otra estamos cooperando para que esto «pare» lo antes posible.

Entre todos lo haremos mas fácil!!!!

 

INFORMACIÓN ANTE LO ENGAÑOS VÍA INTERNET

 

El incremento del uso de teletrabajo a raíz de la pandemia del COVID-19 ha provocado una bajada en las barreras de seguridad de nuestros sistemas y por lo tanto un aumento de la vulnerabilidad y un incremento MUY IMPORTANTE de intentos de phishing (Correos fraudulentos con intención de engañarnos).

Muchos de estos ataques se producen a través del correo electrónico. a veces recibimos correos electrónicos que simulan provenir de compañeros, proveedores, instituciones financieras, sanitarias y organismos de la administración en general.

Siempre adjuntan uno o varios enlaces o documentos adjuntos que llevan o nos llevan al contenido malicioso.

RECUERDA:

Como pautas generales, para evitar ser víctima de fraudes de este tipo, se recomienda extremar la atención:

No abrir correos de usuarios desconocidos o que no se hayan solicitado: hay que eliminarlos directamente o comunicar con el departamento de Informática.

En caso de que el correo proceda de una entidad bancaria legítima o administración pública: nunca contendrá enlaces a su página de inicio de sesión o documentos adjuntos.
No contestar en ningún caso a estos correos.

Tener precaución al seguir enlaces o descargar ficheros adjuntos en correos electrónicos:

Revisar pasando con el ratón sobre el enlace.

Cuidado con SMS, mensajes en WhatsApp o redes sociales, aunque sean de contactos conocidos, lo que adjunte (documentos y enlaces) puede contener malware.

Tener siempre actualizado el sistema operativo y el antivirus. En el caso del antivirus, comprobar que está activo. (El equipo con el que te conectas al trabajo)

Usar siempre que sea posible contraseñas robustas y sin permisos de administrador.

Todos los sistemas son Vulnerables, no te confies tanto si usas Windows como Mac OS como Linux u otros.

Mantente informado mediante fuentes oficiales y confiables, acudiendo directamente a las webs de las instituciones o medios de comunicación, nunca a través de un enlace proporcionado en un mensaje o en un email.

Verifica la dirección de correo electrónico remitente del mensaje y también el enlace web al que te remite el mensaje. A veces, resulta obvio que la dirección web no es legítima, pero otras veces los ciberdelincuentes son capaces de crear enlaces que se parecen mucho a las direcciones legítimas.

Ten cuidado con las solicitudes de datos personales a través de webs a las que has llegado siguiendo un enlace contenido en un mensaje o correo electrónico. Mejor accede directamente a la web de esa organización.

Fíjate bien en el contenido del mensaje, sospecha de mensajes con faltas de ortografía, errores gramaticales y saludos genéricos sin aportar ningún dato tuyo como “Estimado ciudadano” o “Estimado paciente”.

Sospecha mucho más si además el contenido del mensaje te urge a realizar cualquier tipo de acción cuanto antes, con una urgencia injustificada.

Ante una situación de riesgo es más importante que nunca guardar la tranquilidad y reflexionar antes de actuar o tomar decisiones precipitadas.

No desactivar las protecciones de documentos descargados de Word o Adobe PDF Reader de documentos descargados (mensaje de bloqueo en la parte superior)

En definitiva, extremar las precauciones y la cautela, son momentos en que «los malos» van a aprovechar las circunstancias, no se lo pongamos fácil.

 

INFORMACIÓN LINEAS DE AUTOBÚS

 

Reducción del servicio durante el estado de alarma en las tres líneas de autobús que tiene subvencionadas la Diputación para cumplir con lo dispuesto en las órdenes administrativas sobre transporte de viajeros por carretera

Desde la institución provincial (según lo dispuesto en la Orden SAN/309/2020, de 15 de marzo de la consejería de Sanidad de la Junta de Castilla y León, por la que se adoptan medidas relativas a los servicios de transporte público regular de uso general de viajeros por carretera de titularidad de la Comunidad de Castilla y León, en aplicación de lo dispuesto en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, y mientras dure esta situación) se informa de las expediciones diarias definitivas que harán los operadores de las tres líneas que tiene subvencionadas.

En función de la citada orden (adjunta) se obliga a reducir los servicios de transporte en un 75% sobre la oferta total de servicios, por lo que queda en un 25%, también recoge la orden que en ningún caso podrá ocuparse más de un cuarto de las plazas disponibles en cada vehículo.

Expediciones diarias quedan como sigue:

Ruta Aguilar- Palencia. Solo se realizará los viernes en el mismo Horario, (salida Aguilar de Campoo a las 8:00 horas, regreso salida de Palencia a las 14,15)

Ruta Guardo- Saldaña- Palencia. Ruta Guardo-Saldaña-Palencia Se realizará los martes y jueves en el mismo horario, (salida de Guardo a las 7:30 horas, regreso salida de Palencia a las 14:15)

Ruta Guardo- Cervera de Pisuerga- Aguilar de Campoo

• Lunes – Servicio de las 20:25 salida de Guardo y servicio de las 22:05 salida de Aguilar de Campoo.

• Martes – Servicio de las 4:25 salida de Guardo y servicio de las 6:05 salida de Aguilar de Campoo y también el servicio de las 20:25 salida de Guardo y servicio de las 22:05 salida de Aguilar de Campoo.

• Miércoles – Servicio de las 4:25 salida de Guardo y servicio de las 6:05 salida de Aguilar de Campoo y también el servicio de las 20:25 salida de Guardo y el servicio de las 22:05 salida de Aguilar de Campoo.

 

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Dadas las dudas e incertidumbre que está creando este episodio de Coronavirus, desde el servicio de Farmacia de Cervatos de la Cueza se informa a la población que tal servicio permanecerá abierto en su horario habitual.

 

SUSPENSIÓN CONSULTAS EN PRIMARIA Y ESPECIALIZADA

 

No hay ninguna descripción de la foto disponible.

 

BANDO

 

Dada la situación de intranquilidad y ansiedad que este episodio de Coranavirus está creando en medio mundo.

Desde el Ayuntamiento de Cervatos de la Cueza y con el fin de ayudar y tranquilizar a la población y que sus familiares no se tengan que desplazar al domicilio de sus mayores, evitando así contagios, me ofrezco voluntaria para ir a hacer la compra de alimentos de primera necesidad o productos de higiene a personas mayores o pertenecientes a colectivos de riesgo de nuestro Ayuntamiento.

Muchas vecinas/os no saldrán de casa y posiblemente no leerán el Bando, por favor informar a vuestros mayores.

Si conocéis a alguien que pueda necesitar ayuda, no dudéis en poneros en contacto conmigo.?638 395 050?

¡Entre todos lo haremos más fácil!

 

COMUNICADO

 

«Programa mixto de Envejecimiento Activo e Informática Básica impartido por el Centro de Desarrollo Rural de Carrión de los Condes en Cervatos de la Cueza».

Estimados/as alumnos/as:

Les informamos que en aplicación de las medidas de contención de la transmisión del virus COVID 19 establecidas por la Consejería de Sanidad de la Junta de Castilla y León, el Programa mixto de Envejecimiento Activo e Informática Básica permanecerá cerrado hasta nuevo aviso.
Conforme vayamos recibiendo indicaciones de la Consejería y autoridades competentes les iremos informando.

 

LOS ANIMALES NO TRANSMITEN NI SE CONTAGIAN, NO LOS ABANDONES!!!

 

La OMS ha declarado que los animales de compañía no transmiten el COVIDー19: No los abandones, por favor! Difundamos información útil, adecuada y asertiva!

La imagen puede contener: texto

 

INFORMACIÓN PARA PEREGRINOS Y VECINOS EN GENERAL!!!

 

Como cada año el Albergue Municipal en Calzadilla de la Cueza realiza su apertura en los días anteriores a Semana Santa.

Este año con motivo de la epidemia del COVID-19, desde el Ayuntamiento de Cervatos de la Cueza no se garantiza la apertura en tal fecha, con cual rogamos que si tienen previsto alojarse en tal albergue se informen previamente por correo electrónico: municipalcalzadilla@outlook.es o en el número de teléfono: 638 395 050.

Disculpen las molestias, buen camino.

 

SE SUSPENDE TEMPORALMENTE EL SERVICIO DE BIBLIOBÚS!!!

 

Estimado responsable de la entidad local de Cervatos, Calzadilla y Quintanilla de la Cueza

La Junta de Castilla y León ha aprobado un segundo paquete de medidas y recomendaciones en relación a la contención de la transmisión del virus COVID-19 en el ámbito de la Comunidad. Dentro de estas nuevas medidas se enmarca la suspensión de las actividades y servicios presenciales de los 59 centros dependientes de la Consejería de Cultura y Turismo. Esta suspensión de actividades únicamente implica el cierre al público de estos centros y se mantiene la actividad laboral interna de sus trabajadores.

De este modo y con el objetivo de evitar el riesgo que conlleva la concentración de personas y su exposición al contagio del virus, se procederá al cierre al público del servicio del bibliobús

El servicio de bibliobús se paraliza hasta nueva orden conforme las prescripciones de la autoridad sanitaria.

https://comunicacion.jcyl.es/web/jcyl/Comunicacion/es/Plantilla100Detalle/1284721411512/Comunicado/1284939285874/Comunicacion?fbclid=IwAR2xtwDIlZ7g9Xt2M9-RqRAs_G94BBcjS5UgOc4IQKmTSiWeCDwPD8dpM54https://comunicacion.jcyl.es/…/C…/1284939285874/Comunicacion

Un saludo

Igor Pérez

Responsable Centro Coordinador de Bibliotecas

 

BANDO

 

Bajo esa orden se informa que en la Casa-Museo «General San Martín» en Cervatos de la Cueza, se suspenden temporalmente las visitas y actividades de cara al público con el fin de garantizar la salud de visitantes, usuarios y trabajadores. Como también los servicios de Masajes Relajantes y peluquería hasta nuevo aviso.

ORDEN SAN/300/2020, de 12 de marzo, por la que se amplían las medidas preventivas en relación con el COVID-19 para toda la población y el territorio de la Comunidad de Castilla y León.

Mediante Orden SAN/295/2020, de 11 de marzo, publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León el 12 de marzo, la Consejería de Sanidad ha adoptado un primer grupo de medidas preventivas y recomendaciones en relación con el COVID-19 para toda la población y el territorio de la Comunidad de Castilla y León.

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La Alcaldesa
Inmaculada Malanda Fernández.